Según el acuerdo se establece la herramienta electrónica para el registro, operación y entrega electrónica de la aplicación de las retenciones del Impuesto Sobre la Renta e Impuesto Sobre Productos Financieros.
Dentro de las personas obligadas a utilizarlas se encuentran: Los Bancos del sistema, Comerciantes, Personas Individuales ó Jurídicas, Entes o Patrimonios que paguen, pongan a disposición o acrediten en cuenta a terceras personas, rentas sujetas a retención conforme a la Ley del Impuesto Sobre La Renta o intereses de cualquier naturaleza de conformidad con la Ley del Impuesto Sobre Productos Financieros.
El plazo para la transmisión y entrega de datos se hará de conformidad con los plazos establecidos dentro del régimen de retenciones de las leyes correspondientes.
Si desea mas información o asesoria al respecto, no dude en contactarnos a nuestro correo electronico info@vesco.com.gt
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Por: Vesco Consultores
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07/05/2009
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