Definición de Aguinaldo
El articulo 102 inicio j de la Constitución Política de la República de Guatemala hace saber que el Empleador debe otorgar cada año un aguinaldo no menor del 5% del salario mensual, o el que ya estuviere establecido si fuere mayor, a los trabajadores que hubieren laborado durante un año ininterrumpido y anterior a la fecha del otorgamiento.
La ley regulará su forma de pago. A los trabajadores que tuvieren menos del año de servicios, tal aguinaldo les será cubierto proporcionalmente al tiempo laborado.
Con base a lo anterior se emitió la ley de aguinaldo decreto 76-78 del Congreso de la Republica con una longitud de 19 artículos.
VEA TAMBIEN:
¿Cuándo se paga el Aguinaldo en Guatemala?
Según el artículo 2 establece que deberá pagarse el 50% en la primera quincena del mes de diciembre y el 50% pendientes en la segunda quincena del mes de enero siguiente.
Las empresas que por costumbres o voluntariamente cubran el 100% de la prestación de aguinaldo en el mes de diciembre, no están obligados al pago de ningún complemento en el mes de enero
¿Se puede pagar en Especie?
Según el Articulo 8 prohíbe el pago del aguinaldo en especie.
¿Debo firmar alguno documento parar hacer constar el pago del Aguinaldo?
En caso de alguna revisión por parte de las autoridades de trabajo las empresas deben mostrar la respectiva constancia con la firma o impresión digital del trabajador, se presume, salvo prueba en contrario, que el aguinaldo no ha sido pagado.
¿Si el patrono no está en capacidad de Pagar?
El articulo 11 Los patronos o empresas que no estén en posibilidad económica de otorgar aguinaldo en todo o en partes a sus trabajadores, deben probarlo por medio de declaraciones jurada, que presentarán ante las autoridades administrativas de trabajo más próximas.
Dicha declaración se hará dentro de los primeros quince días del mes de noviembre del año que se trate, entendiéndose por renunciado este derecho por parte del patrono que no lo haga en el término previsto y queda obligado al pago de la prestación.
Adicionalmente la declaración a que se refiere el artículo anterior, podrá hacerse mediante acata levantada ante el funcionario correspondiente o en forma escrita con firma legalizada.
Las autoridades administrativas de trabajo quedan obligadas a establecer la veracidad de las declaraciones, haciendo las investigaciones pertinentes y actuando conforme la ley en caso de inexactitud.
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¿Cuál es el porcentaje de pago de Aguinaldo?
El monto de aguinaldo es la doceava parte de la totalidad de los salarios devengados durante un año.
¿Si el trabajador tiene menos de doce meses de trabajar que pasa?
Para este efecto el cálculo se hace proporcional a los meses trabajados.
¿Sobre qué base se calcula?
Para efectos de cálculo se debe tomar únicamente el Salario Base no se debe incluir la bonificación incentivo contenida en el decreto 37-2001.
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¿Cuál es el periodo de cálculo?
El periodo de cálculo es de diciembre de un año a noviembre del siguiente año.
Ejemplo de cálculo de Aguinaldo
Mes | Salario Base |
dic-17 | 2,500.00 |
ene-18 | 3,000.00 |
feb-18 | 3,000.00 |
mar-18 | 3,000.00 |
abr-18 | 3,000.00 |
may-18 | 3,000.00 |
jun-18 | 3,000.00 |
jul-18 | 3,000.00 |
ago-18 | 3,000.00 |
sep-18 | 3,000.00 |
oct-18 | 3,000.00 |
nov-18 | 3,000.00 |
Total, Salarios | 35,500.00 |
Promedio de salarios | 2,958.33 |
Dias Laborados | 365 |
Aguinaldo | 2,958.33 |
Formula para calcular el Aguinaldo: Salario promedio * Por días laborados / 365
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