El Impuesto Sobre la Renta (ISR) se constituye en el Decreto 10-2012, Ley de Actualización Tributaria, específicamente en los artículos 1, 2, 3 y 12. Las rentas generadas en Guatemala, las personas individuales, personas jurídicas y los entes o patrimonios tienen que realizar una declaración jurada del pago de retenciones de ISR, sean nacionales o extranjeros, residentes o no.
Estas rentas son de fuente guatemalteca, independientemente de si están gravadas o exentas. El impuesto se genera cada vez que se producen rentas gravadas.
¿Cuáles son las categorías del ISR?
- Rentas de Actividades Lucrativas en el Régimen Sobre las Utilidades o Régimen Sobre Ingresos.
- Ventas.
- Producción.
- Comercialización.
- Exportación.
- Otros.
- Rentas del Trabajo a Empleados en Relación de dependencia.
- Sueldos.
- Salarios u otras remuneraciones.
- Rentas de Capital en Ingresos que no son del giro habitual.
- Intereses.
- Dividendos.
- Premios.
El ISR se liquida en forma separada.
¿Qué herramientas se pueden utilizar?
En el caso de las herramientas para Rentas del Trabajo de ISR, existen tres:
- RetenISR 2 Escritorio.
- Contribuyentes normales.
- Entidades del Estado.
- RetenISR 2 Web (período 2022).
- Contribuyentes especiales grandes.
- Contribuyentes especiales medianos.
- Contribuyentes especiales regionales.
- Normales (quienes solicitaron acceso al sistema).
- Sistema de Retenciones Web ISR (período 2023).
- Contribuyentes especiales grandes.
- Contribuyentes especiales medianos.
La gestión de retenciones de Rentas de Trabajo en las herramientas antes mencionadas se realiza de la siguiente manera:
- Determinar la retención a practicar.
- Realizar el proceso de retención según corresponda.
- Emitir y entregar constancia SAT-1911 a más tardar 10 días posteriores al pago. (Puede sustituir por boleta de pago).
- Realizar el pago de retenciones en SAT-1331 en los primeros 10 días del mes siguiente.
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¿Cómo se llena el formulario SAT-1331?
Debe ingresar a Declaraguate y buscar el formulario SAT-1331 en cuestión, colocar el NIT del Agente de Retención, el período de imposición y cuáles retenciones va a realizar.
Una vez tiene seleccionado el tipo de retención a declarar, debe rellenar lo solicitado, para posteriormente obtener el monto que debe pagar.
Después se le pedirá que especifique la cantidad de operaciones realizadas, y también se le mostrará la pestaña de ratificar, que es opcional. Para finalizar, se muestran los accesorios, que vienen representando las multas, intereses y mora por pago extemporáneo.
¿Cómo se realizan las gestiones en RetenISR 2 de Escritorio?
- Proyectar la Renta imponible de todos los empleados.
- Actualizar por incrementos o remuneraciones extraordinarias.
- Emitir Constancias por Rentas del Trabajo y enviar anexo mensual.
- Liquidar por fin de la relación laboral, SAT-1921 y SAT-1901.
- Liquidar por fin de período laboral, SAT-1921 y SAT-1901.
- Enviar informe Anual de Retenciones.
¿Cómo funciona el Nuevo Sistema de Retenciones Web?
Este sistema está desarrollado a partir del insumo principal de Factura Electrónica en Línea (FEL), el agente de retención tiene disponibles las facturas electrónicas, para generar la retención. Dentro del sistema, se genera el formulario de pago de retenciones.
Por otro lado, existen las retenciones generadas a través de la Agencia Virtual. Para realizarlas, debe iniciar sesión, y según el tipo de régimen al que pertenezca, el procedimiento puede variar. Las Rentas de Actividades Lucrativas tienen la obligación de retener, hasta Q30,000.00 el 5%, y del excedente el 7%. La retención aplica a partir de Q2,500.00, excluyendo el IVA. Como ya sabemos, el pago de retenciones de ISR se debe hacer en los 10 días hábiles del mes siguiente. La constancia se debe entregar en los 5 días hábiles del mes siguiente.
Las Rentas de Capital tienen la obligación de retener el 5% dividendos, ganancias y utilidades, el 10% de mobiliarias e inmobiliarias. El pago debe hacerse en los 10 días hábiles del mes siguiente. La constancia se debe entregar al momento en que se recibe el pago.
La retención en las facturas especiales tiene un impositivo del 5%, se liquida en los 10 días hábiles del mes siguiente y la constancia de exención se encuentra en la aplicación de FEL.
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¿Cómo genero la Declaración Jurada?
Los contribuyentes normales, deben ingresar a su Agencia Virtual, en el apartado de servicios, luego «Retenciones web» y la opción «Generar Declaración Jurada». Una vez allí, identifica al Agente de Retención con su NIT y demás características, selecciona el período a declarar.
Se le mostrarán las retenciones de las cuales se generaron retenciones en el formulario congelado. También se le mostrarán todas las facturas a las cuáles se le efectúo una retención. Asimismo, las facturas especiales emitidas a través de FEL. En todas las facturas y documentos tributarios se especifican las retenciones. De no haber ratificaciones, pasamos a la última categoría, los accesorios. El cálculo automático de multas, intereses o mora.
¿Qué sanciones conlleva no presentar la declaración jurada?
El pago extemporáneo de las retenciones tiene tres sanciones.
- Intereses resarcitorios, la tasa actual es de 11.91%.
- Multa del 100% del impuesto no enterado.
- Multa por pago extemporáneo de declaración.
Fuente: SAT.
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