Al momento de movernos a otro país, ya sea por vacaciones o trabajo, siempre llevamos con nosotros un equipaje de viaje que nos acompañará en la trayectoria, y es muy posible que crezca a la hora de regresar a nuestra nación. Muchas personas desconocen que, para poder llevar cosas con nosotros, debemos pasar por un proceso de documentación y reportar qué es, tanto lo que sacamos como ingresamos del país.

Artículo 112 del Código Aduanero Uniforme Centroamericano: Constituyen equipaje, los efectos personales nuevos o usados que el viajero pueda necesitar razonablemente, para su uso personal o ejercicio de su profesión u oficio en el transcurso de su viaje, conforme lo disponga el Reglamento. No se considerará parte del equipaje del viajero, el menaje de casa.

Es decir, consideramos como equipaje viajero a todo aquel bien material que viaja con el pasajero como equipaje, ya sean productos de cuidado personal o compras que se hagan con el objetivo del autoconsumo, nunca el comercial. 

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¿En qué contexto se aplica el equipaje de viaje?

Salir de un país es relativamente simple si se cuenta con los recursos económicos para ello. La vía aérea, marítima y terrestre son las opciones disponibles para elegir un rumbo y destino al momento de viajar. Ahora bien, en el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), en específico enfocándonos en el artículo 4, se nos explica que el equipaje viajero regula en un territorio aduanero, definido como el ámbito terrestre, acuático y aéreo de los Estados Parte, con las excepciones legalmente establecidas.

Siempre se deben tomar en cuenta los pasos asignados para éstos productos, como por ejemplo los aeropuertos, puertos o fronteras de los países. Existen acuerdos entre ellos para regular lo que entra y sale diariamente por sus territorios, y sobre todo asegurarse que se haga de manera legal.

También puedes leer: ¿Cuál es el proceso del registro de importadores?

¿Qué tipo de bienes se consideran equipaje viajero?

Los bienes materiales que las personas transportan deben tener congruencia con la naturaleza de su viaje, y principalmente el tiempo que estará fuera. Ésto se regula para evitar que los viajeros evadan impuestos en la exportación de aduanas, asegurando que los productos que llevan consigo son para consumo personal, no con intención de venta. Algunos ejemplos de equipaje para viaje podrían ser:

  • Prendas de vestir, siempre y cuando sean de la talla del viajero
    • Zapatos.
    • Ropa.
  • Artículos de uso personal en cantidades proporcionales a las condiciones del viajero
    • Joyas.
    • Bolsas de mano.
    • Artículos de higiene personal.
    • Artículos de tocador.
  • Medicamentos en cantidades proporcionales al viaje del individuo
    • Para pacientes especiales.
    • Silla de ruedas para pasajero con discapacidad.
  • Electrónicos portátiles de uso personal
    • Una laptop o computadora portátil.
    • Un teléfono móvil o celular.
    • Una agenda virtual portátil.
    • Una calculadora.

Es posible llevar más de uno de éstos objetos, pero se deben pagar los impuestos correspondientes para ello. Por ejemplo, una computadora de escritorio no es portátil, no entra en lo estipulado por la ley, y se paga un impuesto adicional por transportarla fuera del país.

En cuanto al licor y el tabaco, sí es posible transportarlo, puesto que la mayoría de pasajeros desean ingresarlo para darle a sus allegados personales. En el caso del tabaco, el máximo es de quinientos gramos en cualquier presentación y cinco litros de agua ardiente o licor por cada viajero mayor de edad, también se pueden transportar hasta dos kilogramos de golosinas.

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¿Qué sucede si excedemos las cantidades permitidas en equipaje de viaje?

Se verifica en el Registro Tributario Unificado (RTU) si el pasajero en cuestión no tiene negocios relacionados con la cantidad de alcohol, tabaco o productos que estén excedidos en aduana para asegurar que no va a comercializar el producto.

Si tiene no se le permite el ingreso, dado que tendría que haberse registrado como importador ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y liquidar los impuestos que le corresponden. Si no tiene ningún negocio relacionado se permite el ingreso en cuanto cancele los impuestos arancelarios y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y uno adicional en el caso de ser de consumo de mayores de edad llamado Impuesto Sobre la Distribución de Bebidas Alcohólicas.

En el caso de viajar de forma recurrente, no hay límite si se cumple con los requisitos mencionados anteriormente. Sin embargo, si son mercancías que un viajero no llevaría normalmente, se estipula que puede ingresar una vez cada seis meses, siempre con el fin de impedir la evasión de impuestos en aduanas.

¿Qué debe hacer el viajero al momento de su arribo al territorio aduanero?

Previo a pasar por el control de aduanas se deben seguir un par de procedimientos en cuanto ingresamos al país. Lo más importante es llenar la Declaración Jurada Regional y entregársela a la aerolínea o compañía con la que se ha viajado. Completarla de forma correcta, ya que de no ser así se puede incurrir en sanciones aduaneras evitables, los datos que se necesitan son:

  • Identificación del viajero
  • Documento del viaje
  • Propósito del viaje
  • Tipo y compañía de transporte
  • Valor de las mercancías que trae consigo
  • Descripción de las mercancías que trae consigo
  • Equipaje no acompañado cuando corresponda
  • Cantidad de dinero o valores monetarios que trae consigo

Asimismo se debe tener en cuenta que de superar los $3,000.00 en mercancías, se procederá a una investigación por parte de las autoridades competentes, y de detectar defraudación o contrabando aduanero, se tomará acción de acuerdo a lo que establece la ley.

Fuente: SAT.

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Arnaur SosaArnaur Sosa
16:13 04 Feb 23
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Axel BacAxel Bac
15:55 03 Feb 23
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anibal franco velizanibal franco veliz
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Cristofer CalderonCristofer Calderon
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