A finales del año 2019, específicamente el 23 de diciembre, se publicó mediante el Diario de Centro América, el Acuerdo Gubernativo 317-2019, referente a la ampliación del plazo para la obtención de la Licencia Ambiental para las empresas que continúan operando sin tener este permiso.
El artículo 97 de la Constitución Política de la República de Guatemala sentencia que: el Estado, las municipalidades y los habitantes del territorio nacional están obligados a propiciar el desarrollo social, económico y tecnológico que prevenga la contaminación del ambiente y mantenga el equilibrio ecológico. Se dictarán todas las normas necesarias para garantizar que la utilización y el aprovechamiento de la fauna, de la flora, de la tierra y del agua, se realicen racionalmente, evitando su depredación.
En esta ley de licencias ambientales se reforma el Acuerdo Gubernativo 137-2016, donde se decreta que el Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN) es el encargado de poner en práctica el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental.
¿Cuál es la fecha máxima para cumplir con la licencia ambiental?
Recientemente, se publicó el Acuerdo Gubernativo Número 298-2022, donde se reforman el Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental antes mencionado. El artículo 119, donde se habla del proceso de regularización, y se otorga hasta el 27 de septiembre del año 2024 a los proyectos, obras, industrias o actividades ya existentes, que no hayan cumplido con lo estipulado en el artículo 8 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto Número 68-86 del Congreso de la República de Guatemala, para que acudan al MARN a presentar el instrumento. ambiental correctiva correspondiente.
Toda vez que los proyectos, obras, industrias o actividades a las que se refiere el presente artículo no tengan una denuncia, se haya resuelto el proceso incidental y en el caso que la presentación sea voluntaria al MARN durante el plazo previamente citado, se les impondrá una multa de cinco mil quetzales (Q.5,000.00), sin importar la categoría a la que pertenezcan. También se reformó el artículo 123, donde se habla de la obtención de este documento, y dice:
Para todos aquellos proyectos, obras, industrias o actividades aprobadas antes de la vigencia de este Reglamento, que no cuenten con Licencia Ambiental, tendrán hasta el veintisiete de septiembre del año dos mil veinticuatro, para contar con la Licencia Ambiental, cumpliendo los requisitos determinados por la DIGARN para su otorgamiento, en caso de no cumplir con los requisitos para obtener la Licencia Ambiental respectiva, se deberá archivar el expediente y el proponente deberá presentar un nuevo instrumento ambiental. Las iglesias, cultos, entidades y asociaciones de carácter religioso con o sin actividades complementarias y/o conexas no pagarán el ingreso del Instrumento Ambiental, ni el trámite para la obtención de la Licencia Ambiental, así como las instituciones del Estado en los casos de obras de infraestructura, debiendo cumplir con lo establecido en el artículo 8 de la Ley de Protección y Mejoramiento del Medio Ambiente, Decreto número 68-86 del Congreso de la República de Guatemala.»
¿Qué sucede si las empresas no tienen la Licencia Ambiental?
La Licencia Ambiental, al ser un documento que constata que se hará uso de espacios que tendrán un impacto ambiental en el país, por ello es importante liquidar lo que corresponde según el tipo de licencia que se amerite para el proyecto.
Como se indicó este 2 de diciembre en las reformas a la ley, este permiso se debe obtener antes de iniciar operaciones, por lo que se necesita un estudio de impacto ambiental. En cuanto a las consecuencias de la falta de este documento, se acuerda que las empresas que no presenten la licencia correspondiente antes del 24 de diciembre del 2024, tendrá que enfrentarse a una multa de Q5 mil.
¿Qué sucede si las empresas no tienen la Licencia Ambiental?
La Licencia Ambiental, al ser un documento que constata que se hará uso de espacios que tendrán un impacto ambiental en el país, por ello es importante liquidar lo que corresponde según el tipo de licencia que se amerite para el proyecto.
Como se indicó este 2 de diciembre en las reformas a la aley, este permiso se debe obtener antes de iniciar operaciones, por lo que se amerita un estudio de impacto ambiental. En cuanto a las consecuencias de la falta de este documento, se acuerda que las empresas que no presenten la licencia correspondiente antes del 24 de diciembre del 2024, tendrá que enfrentarse a una multa de Q5 mil.
En caso de no cumplir con la multa en un plazo de seis meses, el negocio será clausurado. Y adicionalmente, el Ministerio de Ambiente puede proceder de forma legal en el caso de encontrar otros incumplimientos ambientales al inspeccionar el proyecto.
Además, se debe tomar en cuenta el plazo para la solicitud de emisión de la licencia, que consta de un máximo de 15 días contados a partir de la notificación de la resolución aprobatoria.
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¿Por qué una licencia ambiental?
- Cumplimiento de legislación nacional.
- Responsabilidad social ambiental de la empresa.
- Ser proveedores consecuentes a la normativa nacional.
- Revisión de impactos y posibles mejoras.
- Nos encontramos en un proceso de regularización.
¿Qué es el instrumento ambiental?
Son documentos técnicos en los cuales se encuentran contenidas las informaciones necesarias para realizar una identificación y evaluación ordenada de los impactos o riesgos ambientales de un proyecto, obra, industria o actividad. Estos documentos abarcan los instrumentos predictivos, correctivos y complementarios. Además, lo debe realizar un consultor ambiental, pues debe asegurarse que el proyecto es apto y así conceder la licencia.
El Impacto Ambiental en la fase de construcción, operación, cierre o abandono se explica a través de los instrumentos ambientales, puesto que se pueden identificar y predecir los efectos sobre el ambiente que ejercerá el proyecto.
Se debe aplicar una metodología convencional para la identificación, caracterización y valoración de los impactos ambientales y/o sociales del Proyecto. Se debe considerar el elemento edáfico, atmosférico, hídrico, biológico y social de esta construcción. El plan de cierre técnico y/o abandono son factores de suma importancia que pueden prevenirse gracias a la licencia ambiental, al prever se evitará un daño mayor al medio ambiente.
¿Cómo saber qué licencia necesita mi empresa?
En la reforma del artículo 19 se explican los tipos de proyecto y las categorías de licencia que deben tener:
Categorización ambiental. Los proyectos, obras, industrias o actividades, se clasifican de forma taxativa en sus diferentes categorías básicas A, B, C y CR, tomando en cuenta los factores o condiciones que resultan pertinentes en función de sus características, naturaleza, impactos ambientales potenciales o riesgo ambiental.
- Categoría A. Corresponde a aquellos proyectos, obras, industrias o actividades consideradas como las de más alto impacto ambiental potencial o riesgo ambiental de entre todo el Listado Taxativo. Los megaproyectos de desarrollo se consideran como parte de esta categoría;
- Categoría B. Corresponde a aquellos proyectos, obras, industrias o actividades consideradas como de moderado impacto ambiental potencial o riesgo ambiental. Se divide en dos: B1, que comprende las que se consideran como de moderado a alto impacto ambiental potencial o riesgo ambiental; y B2, que comprende las que se consideran como de moderado a bajo impacto ambiental potencial o riesgo ambiental;
- Categoría C. Corresponde a aquellos proyectos, obras, industrias o actividades, consideradas como de bajo impacto y riesgo ambiental; y
- Categoría de Registro. Corresponde a aquellos proyectos, obras, industrias o actividades, consideradas como de mínimo impacto y riesgo ambiental, presentadas únicamente para su registro en los listados.
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¿Qué categorías están pre establecidas?
El Listado Taxativo se divide en catorce sectores, alojado en el Acuerdo Ministerial 402-2021. Importante mencionar que cada sector tiene subsectores:
- Agrícola.
- Producción animal.
- Silvicultura.
- Mineral.
- Hidrocarburos.
- Industria.
- Energía.
- Telecomunicación.
- Servicios.
- Infraestructura, construcción y vivienda.
- Saneamiento.
- Salud.
- Biodiversidad.
- Áreas protegidas.
¿Qué tipos de licencias existen en Guatemala?
En la reforma del artículo 58, se establece que los tipos de Licencia Ambiental son:
- Licencia ambiental, de los instrumentos aprobados;
- Licencia ambiental de empresa frigorista;
- Licencia ambiental de entidad capacitadora;
- Licencia ambiental de exportación de equipos de refrigeración y aire acondicionado;
- Licencia ambiental de exportación de productos, sustancias y materias primas reguladas por el MARN;
- Licencia ambiental de exportación de refrigerantes;
- Licencia ambiental de importación de equipos de refrigeración y aire acondicionado;
- Licencia ambiental de importación de productos, sustancias y materias primas reguladas por el MARN;
- Licencia ambiental de importación de refrigerantes;
- Licencia ambiental de importación o exportación de polioles premezclados para la elaboración de espumas de poliuretano;
- Licencia ambiental de registro de empresa exportadora de equipos de refrigeración y aire acondicionado;
- Licencia ambiental de registro de empresa exportadora de refrigerantes;
- Licencia ambiental de registro de empresa importadora de equipos de refrigeración y aire acondicionado;
- Licencia ambiental de registro de empresa importadora de refrigerantes;
- Licencia ambiental de registro de empresa importadora o exportadora de polioles premezclados para la elaboración de espumas de poliuretano;
- Licencia ambiental de técnico frigorista;
- Licencia de disposición final controlada;
- Licencia de proveedor de servicios ambientales, según categoría; y
- Otras que fueren creadas de acuerdo a las necesidades del MARN conforme el presente reglamento.
¿Cómo obtengo la Licencia Ambiental para mi empresa?
La vigencia de la licencia puede ser de 1, que es la mínima, a 5 años, la máxima. de conformidad con el requerimiento del proponente. La licencia ambiental deberá estar vigente durante todas las fases del proyecto, obra, industria o actividad, incluyendo el cierre técnico y/o abandono. Esta debe ser renovada dentro de los treinta (30) días posteriores al vencimiento. Si esta se vence y no es renovada en un año, deberá realizar todo el proceso de obtención desde 0.
Debemos contar con la siguiente documentación para el proceso de obtención de Licencia Ambiental:
- Instrumento ambiental según categoría.
- Papelería legal.
- Planos.
- Formulario por categoría.
- Consultor ambiental dependiendo de la categoría.
- Planos de ubicación y localización, general de distribución, sistemas de agua (pluvial y potable), electricidad, drenajes, plantas amuebladas y otros según la naturaleza del proyecto.
El MARN por única vez concederá una prórroga de 15 días, vencido el plazo para cumplir con la renovación, caso contrario se procederá al archivo del instrumento ambiental, teniendo el proponente la obligación de presentar un nuevo instrumento ambiental.
Los pasos a seguir para obtener la licencia ambiental son:
- Diagnóstico y categorización del proyecto.
- Presentación de planos del proyecto y documentación legal de la empresa.
- Contratación de una consultoría para la elaboración del Instrumento Ambiental.
- Preparación de visita para la validación que realiza el Ministerio de Ambiente.
- Aprobación y resolución de su licencia ambiental.
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