Es un hecho que la factura electrónica en Guatemala juega un papel importante y está ganando terreno versus a la factura en papel. El 19 de octubre salió publicado en el Diario oficial la obligatoriedad  de las personas individuales y jurídicas que provean bienes o servicios relacionados a la salud y asistencia social (Sector Salud) de incorporarse al Régimen de Factura Electrónica en Línea -FEL-

¿Qué es la Factura Electrónica en Guatemala?

Es una nueva forma para que los contribuyentes emitan facturas y otros documentos fiscales en línea.

¿Cuáles son los beneficios de utilizar la factura electrónica en Guatemala?

  1. La agencia virtual del SAT da fácil autorización.
  2. Los documentos se autorizan inmediatamente
  3. Tiene confiabilidad de la información.
  4. Se reduce el uso de papel.
  5. La SAT verifica la validez de las facturas.
  6. Utilice su agencia virtual para consultar sus facturas electrónicas emitidas y recibidas
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¿Qué personas del sector salud están obligadas a emitir factura electrónica en Guatemala?

  1. Establecimientos de atención para la salud, establecimientos de productos farmacéuticos o medicamentos, clínicas y depósitos dentales, droguerías, distribuidoras, farmacias y similares
  2. Centros y servicios de prevención, recuperación y rehabilitación.
  3. Laboratorios, unidades o centros de análisis o diagnóstico.
  4. Bancos de sangre y servicios de medicina transfusional.
  5. Profesionales universitarios, técnicos y auxiliares
  6. Quienes importen, fabriquen o comercialicen equipos, instrumentos, prótesis, implantes, ayudas funcionales y cualquier otro producto farmacéutico y afín.

También puede leer: Obligación de Emitir Factura Electrónica para contadores

¿Qué personas del sector salud están exentas de emitir factura electrónica en Guatemala?

No aplica para la emisión de factura electrónica las entidades del sector público

¿Cuál es la fecha para cumplir con la emisión de Factura electrónica?

La resolución  SAT-DSI-1074-2021 entrará en vigencia tres meses siguientes contados a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial, por lo que su vigencia será el 19 de enero de 2022.
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