En la conferencia de Prensa Realizada por la SAT Guatemala instan a los contribuyentes que no emitan facturas a Consumidor Final, sino que siempre utilicen su NIT o DPI.

El Reglamento del IVA da éstas abreviaturas claves para seguir el análisis

a) SAT o Administración Tributaria, se refiere a la Superintendencia de Administración Tributaria.

b) NIT, se refiere a Número de Identificación Tributaria.

c) C.F., C/F, CF o C F, se refiere a Consumidor Final.

d) IVA, se refiere a Impuesto al Valor Agregado.

También indica que las facturas, facturas especiales, facturas de pequeño contribuyente, notas de débito, de crédito, deberán cumplir como mínimo con los requisitos, datos y características siguientes:

NIT del adquirente. Si éste no lo tiene o no lo proporciona, se consignarán las palabras consumidor final o las siglas «CF» o en su defecto el número de documento de identificación personal.

Mira el vídeo completo.

A la fecha de escribir éste artículo existen varios millones de quetzales emitidos a Consumidor Final

¿Evita una Auditoría de SAT?

 Es importante aclarar que la ley del IVA ni el Reglamento impiden que se deba facturar con Consumidor Final.

Ahora Bien, el Código Tributario establece que las Atribuciones de SAT entre ellas se establece que puede Revisar los libros, documentos y archivos de los contribuyentes y agentes de retención o de percepción, que se relacionen con la determinación y el pago de las obligaciones tributarias, incluyendo el sistema informático que utilice el contribuyente para registrar sus operaciones contables y tributarias. Para tales efectos podrá requerir, en cada caso, información o documentación relacionada con el equipamiento informático, incluyendo la de programas fuente, diseño y programas utilizados, así como la relacionada con los instrumentos materiales que permitan acceder la información vinculada con los registros contables. Asimismo, podrá requerir la producción de listados e integraciones y la realización de pruebas.

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Emitir Facturas Electrónicas con Consumidor Final rompe la Cadena del IVA

Cuando hay un NIT se identifica un Receptor y la SAT puede dar un control y seguimiento. En caso contrario cuando las facturas electrónicas se emiten a Consumidor Final, no se identifica al receptor y se estima que la compra no es para consumo, sino para generar venta. Esto último cuando las facturas son igual o mayor a Q.25,000.00.

Aunque la legislación actual no prohíbe que se emitan facturas electrónicas con consumidor final, tampoco establece un monto máximo para hacerlo, lo que si hay que tener claridad es que la Administración Tributaria puede hacer uso de sus facultades y realizar las auditorías cuando tenga una duda razonable sobre eventos puntuales.

Beneficios de Solicitar Factura Electrónica con NIT

En la conferencia se recalca los beneficios de Solicitar Factura Electrónica con NIT. Para los contribuyentes que solicitan las facturas con su NIT, tiene éstos beneficios:

  1. Soportar sus gastos
  2. Garantía de compra
  3. Soporte de crédito Fiscal
  4. Incentiva la Formalidad
  5. NO permite que anulen la factura sin consentimiento del contribuyente

Se avecinan nuevos cambios a la ley del IVA y Reglamento

Al momento de escribir éste artículo la Administración Tributaria está preparando una modificación al Reglamento del IVA para que se vuelva obligatorio para facturar con NIT o DPI. Adicionalmente se está haciendo una propuesta al Congreso de la República a través del Ministerio de Finanzas para modificar la ley del IVA y poner más obligaciones contundentes a los contribuyentes que deben facturar con NIT e identificar al comprador a partir de un valor determinado.

Actualización: Octubre 2022.

Según el acuerdo gubernativo 245-2022, publicado el 14 de octubre de 2022 mediante el Diario de Centro América, se reforma el Artículo 30 de del Acuerdo Gubernativo 5-2013, Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), decretando que la facturación en Consumidor Final ya no será permitida.

Actualización Enero 2023

El 09 de enero de de 2023 se publica el acuerdo gubernativo 12-2023, donde se excluye el tema de los servicios básicos, es decir los servicios quedan en el mismo monto de Q. 2,500.00. Adicionalmente agrega un parrafo:

En casos de fuerza mayor y debidamente justificados por los emisores, previa solicitud de éstos, la Administración Tributaria podrá autorizar que la aplicación de lo dispuesto en este numeral, pueda realizarse de forma progresiva, estableciendo para el efecto los mecanismos y plazos correspondientes.

Todas las facturas, facturas especiales, facturas de los Regímenes de Tributación Simplificada, notas de débito y de crédito, deberán cumplir con el requisito agregado en la literal 9.

NIT del adquirente. Si este no lo tiene se consignará el Código Único de Identificación -CUI- del Documento Personal de Identificación -DPI-. Podrán consignarse las palabras consumidor final o las siglas «CF» únicamente en documentos que acrediten ventas o servicios inferiores a Q. 2,500,00 quetzales; y en documentos que acrediten la prestación de servicios básicos de consumo de agua potable, energía eléctrica y telefonía inferiores a Q500.00 quetzales.

El presente Acuerdo Gubernativo empezará a regir tres meses después de su publicación en el Diario de Centro América, lo que significa que a partir del año 2023, todas las facturas y documentos tributarios deben cumplir con las condiciones indicadas.

Sus impuestos ya no deben ser un problema

Cómo solucionar problemas de impuestos es un tema que no se debe dejar en el olvido para cualquier contribuyente que tenga que lidiar con la SAT. Es vital obtener la información correcta en el momento adecuado para evitar cualquier problema grave en el futuro.

Una opción para tener tranquilidad con sus impuestos es contratar a un asesor fiscal con experiencia comprobada como Vesco Consultores. Es una buena idea buscar los servicios de un profesional de impuestos calificado. De ésta manera, podrá defenderse en los tribunales o simplemente no llegar a ello. Solo asegúrese de que la persona o empresa que está contratando tenga las credenciales correctas y un historial comprobado.

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Arnaur SosaArnaur Sosa
16:13 04 Feb 23
me encanta que siempre esten actualizados con las ultimas novedades laborales y fiscales
Axel BacAxel Bac
15:55 03 Feb 23
agradecido por el soporte que me dieron en el problema fiscal que tuve por la mala gestión del equipo anterior
anibal franco velizanibal franco veliz
00:26 31 Oct 22
El trato es muy personalizado y profesional.
Cristofer CalderonCristofer Calderon
16:20 19 Oct 22
Desde que comenzamos a trabajar con Vesco, nos ha encantado
Vesco es una empresa muy profesional y estoy muy contento de haber trabajado con ellos.
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