Los trabajadores en relación de dependencia son aquellos que cobran un sueldo mensual a un patrón por sus servicios prestados. Al depender enteramente de un salario, el empleado no es quien liquida el Impuesto Sobre la Renta (ISR) al final del año, ya que el empleador se convierte en Agente de Retención y es su deber retener mensualmente el porcentaje que corresponde a sus empleados para pagarlo a fin de año.
El Ministerio de Finanzas estableció que:
Si sus ingresos sujetos al pago de ISR son menores a Q300 mil pagará una tasa del 5% sobre dicho valor.
Si pasa de los Q300 mil anuales, pagará un importe fijo de Q 15,000 (equivalente al 5% sobre Q 300 mil) y 7% sobre el excedente de Q300 mil.
Las personas que ganan menos de Q48 mil al año (unos Q4 mil mensuales) están exentas del pago de ISR.
En el caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), al venir incluido en nuestras compras, se declara mediante nuestras facturas. El IVA consta de un 12% adicional al precio del producto, y la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) puede disminuir su valor final al presentar una planilla del IVA los primeros diez días del año.
¿Qué es la planilla del IVA?
Hasta sesenta mil Quetzales (Q.60,000.00), de los cuales cuarenta y ocho mil Quetzales (Q.48,000.00) corresponden a gastos personales sin necesidad de comprobación alguna; y, doce mil Quetzales (Q.12,000.00) que podrá acreditar por el Impuesto al Valor Agregado pagado en gastos personales, por compras de bienes o adquisición de servicios, durante el período de liquidación definitiva anual.
No es obligatorio presentar esta planilla, ni ante la SAT, ni ante la empresa a la que labora, pues como mencionamos anteriormente, representa un derecho a los colaboradores asalariados. Pero muchos empleados lo realizan con la intención de deducir su renta neta en el ISR y obtener una disminución en el pago del mismo. Para hacer efectivo esto, se debe presentar la planilla ante SAT y una copia al patrón en cuestión, para que lo tome en cuenta al retener su ISR.
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¿Qué beneficios tiene presentar la planilla de IVA como trabajadores asalariados?
Este soporte de IVA beneficia al colaborador con un crédito fiscal al momento de liquidar ISR a fin de año, es por ello que se debe presentar ante el patrón que retiene el impuesto mensualmente, ya que lo tomará en cuenta y el valor final de la renta neta del impuesto se reducirá.
- Renta Bruta
- La renta bruta es la suma de los ingresos de un contribuyente o empresa a lo que se restan los costos directos en que se incurrió para obtenerlo y también las rentas exentas.
- Renta Neta
- Es la resta de la renta bruta con las rentas exentas.
Como se establece en la ley, el máximo a deducir por IVA es de Q12,000.00 anuales, y por esta cantidad, se reducen y devuelven aproximadamente Q600.00 o el 5% como crédito fiscal. Si el empleado no desea realizar la planilla en cuestión, no hay ningún tipo de represalias en su contra, el Impuesto Sobre la Renta se tributa de igual manera de las retenciones que le efectuaron en su trabajo.
¿Qué compras pueden ser incluidas en la planilla?
Regresando al artículo 72 de la Ley de Actualización Tributaria, se nos detallan cuáles rentas, comprobables mediante factura, pueden deducirse y cuáles no generan crédito fiscal. En este caso, podemos mencionar:
- Compras de bienes o adquisición de servicios
- Las donaciones que puedan comprobarse fehacientemente, otorgadas a favor del Estado, las universidades, entidades culturales o científicas (no pueden exceder el 5% de la renta bruta)
- Las cuotas por contribuciones al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, al Instituto de Previsión Militar y al Estado y sus instituciones por cuotas de regímenes de previsión social
- Las primas de seguros de vida para cubrir riesgos en casos de muerte exclusivamente del trabajador, siempre que el contrato de seguro no devengue suma alguna por concepto de retorno, reintegro o rescate
Se excluyen las compras realizadas a pequeños contribuyentes, ya que estas no son deducibles. En la Ley del Impuesto al Valor Agregado está normado que estas facturas no generan derecho a crédito fiscal, pues el contribuyente emisor no cargó el IVA a la compra.
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¿Qué sucede si mi planilla no llega al monto establecido por la ley?
El monto máximo de deducción de IVA es de Q12,000.00 quetzales exactos, pero en el caso de que el contribuyente no llegue a esta cifra, la reducción del impuesto se aplicará sobre la cantidad declarada. Ahora bien, en el caso que la planilla supere esta cantidad establecida por la ley, solamente se tomarán en cuenta los Q12,000.00 legalizados para el crédito fiscal.
Fuente: SAT.
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