El NIT significa Número de Identificación Tributaria, y obligatoriamente debe ser obtenido por las personas individuales o Jurídicas antes de iniciar actividades afectas.
NIT administrativo para personas individuales
No necesariamente tener NIT significa que usted debe estar afiliado a un régimen de impuestos, el NIT administrativo le servirá para registrarse como Representante legal de una Sociedad, Para obtener una cuenta Bancaria etc.
El NIt para personas individuales en Guatemala está vinculado con su DPI o Documento Personal de Identificación, al momento de inscribirse debe proporcionar un domicilio fiscal.
El NIT puede ser obtenido por personas individuales Guatemaltecas y Personas Extranjeras.
¿Cómo averiguar mi NIT?
Si usted tiene NIT y no se recuerda puede realizar la consulta en el portal SAT solamente ingresando su DPI lea nuestro articulo relacionado: https://www.vesco.com.gt/blog/nit/
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¿No Tengo NIT que hacer?
Sino tiene y lo quisiera obtener, únicamente debe presentarse a la Agencia de la Administración Tributaria para la gestión correspondiente
NIT afecto a Impuestos
Si usted requiere emitir facturas de manera independiente por un negocio, o actividad profesional, debe actualizar sus datos ante la Administración Tributaria para efecto que lo adhieran a un régimen de impuestos. Si requiere apoyo para la elección del mejor régimen de impuestos, consulta a Vesco Consultores https://www.vesco.com.gt/contactenos/
En ese sentido usted debe actualizar o ratificar sus datos de inscripción anualmente, por los medios que la Administración Tributaria ponga a su disposición.
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Si usted omite el Número de Identificación Tributaria o lo consigna erróneamente, en declaración de tributos, facturas, documentos equivalentes o recibos, facturas, documentos equivalentes o recibos, pólizas de importación, documentos de exportación y otros documentos vinculados directa o indirectamente con el hecho generador de la obligación tributaria tiene una sanción de hasta cien quetzales (Q. 100.00) por cada documento
NIT de las personas jurídicas o Sociedades
Al momento de inscribir una sociedad, el Registro Mercantil deberá inscribirla en el Registro Tributario Unificado (RTU), para que la Administración Tributaria le asigne el Número de Identificación Tributaria (NIT), aun cuando en esa fecha no estén afectas al pago de uno o más de los impuestos.
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