Cuando hablamos de archivos fiscales o de impuestos, es imposible no relacionar el tema a la herramienta de Tax File Defense o un archivo de defensa tributaria. Se describe como sentarse a revisar lo interno de la compañía y tratar de identificar cuáles son las áreas más importantes que deben estar bien soportadas y bien documentadas ante cualquier proceso de fiscalización.
¿Por qué es importante contar con el Tax File?
Cuando vemos la manera en la que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) está aumentando los procesos de fiscalización en Guatemala, se llega a la conclusión que la Administración Tributaria está actualizándose en lo que respecta a programas tecnológicos y por ende sus procedimientos también se digitalizan, agilizando cualquier gestión tributaria que se requiera.
Por lo tanto puede analizar datos de una forma más eficiente y veloz, lo que nos lleva a la necesidad de seguir sus pasos como empresa. Se tiene que contar con el programa Tax File Defense, que es un proceso de archivo y de comunicación disponible para poder atender estas actualizaciones tributarias.
¿Qué beneficios presenta esta herramienta?
Una vez entendemos qué es esta herramienta y el por qué es útil en la contabilidad de la empresa, podemos enumerar sus beneficios:
- Tener a la compañía en compliance. (Vesco Consultores)
- Evitar potenciales ajustes tributarios en ciertos rubros específicos de los estados financieros.
- Evitar un problema que puede derivarse de la no entrega de documentación, relacionada con la multa por la resistencia a la acción fiscalizadora de la SAT.
Se debe tener en cuenta que si la información no se presenta dentro del plazo que establece la Administración Tributaria ante cualquier proceso de fiscalización, como contribuyente puede ser sancionado con una multa de hasta el 1% de sus ingresos brutos del período anterior o del período que se esté fiscalizando, esto establecido en el Código Tributario. Lo interesante es que, esto es equivalente a un Impuesto de Solidaridad (ISO).
¿Qué destino tiene el Tax File?
- Cumplimiento interno.
- Cumplimiento externo (SAT).
- Tribunales.
El compliance o cumplimiento interno consiste en que la administración de la compañía está cumpliendo correctamente con la documentación que está soportando a nivel de fondos y declaraciones de impuesto. También tendrá acceso a esta herramienta la Administración Tributaria, pues realiza análisis de escritorio, haciendo muchas preguntas por correo electrónico. El contar con el Tax File será de utilidad para resolver las peticiones que la SAT solicite en ese momento y que esté disponible si el caso llegara a tribunales.
¿En qué casos se puede aplicar?
- Conciliación Bancaria Cuadrática.
- Conciliaciones Bancarias.
- Estados de Cuenta Bancarios.
- Cuentas Incobrables.
- Cuentas con compañías relacionadas.
- Inventarios.
- Altas y Bajas de activos fijos.
- Intangibles.
- Préstamos.
- Sueldos y prestaciones por pagar.
- Dividendos.
- Capital.
- Superávit por revaluación.
- Precios de transferencia.
- Gastos del exterior.
- Donaciones.
- Gastos locales.
Ahora explicaremos para qué funciona el Tax File en cada uno de los casos, descubriendo sus ventajas y usos.
También puedes leer: ¿Qué es el Libro Electrónico Tributario (LET)?
1. Conciliación Bancaria Cuadrática.
- Formato sensibilizado por SAT en 2022.
- Detalle de operaciones intercompany, accionistas, préstamos, etc.
- Riesgo por resistencia a la acción fiscalizadora.
- Adecuación de sistemas contables.
- Genera controversia.
2. Conciliaciones Bancarias.
- Establecida en el Código Tributario.
- Plazo de 3 días hábiles.
- Riesgo de sanciones por resistencia a la acción fiscalizadora.
- Las conciliaciones deben ser razonables.
- El CCPAG ha publicado un formato.
3. Estados de Cuenta Bancarios.
En los procesos de auditoría, el fisco está solicitando los estados de cuenta bancarios originales.
4. Cuentas Incobrables.
La normativa de ISR y su Reglamento establece requisitos para documentar las cuentas incobrables. El Gasto por Cuentas Incobrables se destaca por:
- Requerimiento de cobro.
- Notificaciones a los clientes.
- Hoja de seguimiento de cobro.
- Cartas de abogados.
- Notificaciones de recibo.
Esto aplica incluso en los cargos de reserva.
5. Cuentas con compañías relacionadas.
- La agrupación de los EEFF auditados incluye operaciones con relacionadas locales.
- Aplica precios de transferencia sobre operaciones con el exterior.
- Revisar que las operaciones estén en rango.
- Operaciones locales con el principio de «sustancia».
6. Inventarios.
- Documentación de bajas.
- Actas finales/notariales.
- No aceptación de reservas.
- Métodos de valuación establecidos en la Ley.
- Determinación del costo (ajuste al costo de ventas).
7. Altas y Bajas de activos fijos.
Las operaciones de esta sección generan requerimientos documentales para soportar las depreciaciones y generan ganancias o pérdidas de capital, según corresponda.
8. Intangibles.
- SAT ha requerido información exhaustiva.
- Se han planteado casos penales.
- Se debe comprobar el origen y la documentación.
- Se debe mostrar el pago de impuestos.
- Deben generar «rentas gravadas».
9. Préstamos.
El fisco ha requerido información y documentación detallada.
- Destino;
- Generar rentas gravadas;
- Gasto deducible por intereses.
10. Sueldos y prestaciones por pagar.
- Recibos de pago.
- Nóminas y Planillas de IGSS.
- Contratos y Evaluaciones.
- Libro de salarios.
- Cheques de pago y/o transferencias bancarias.
- Acuerdos salariales/pactos colectivos.
- Finiquitos laborales.
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11. Dividendos.
- Actas de la Asamblea.
- Registro contable.
- Retención de ISR.
- Beneficiario.
12. Capital.
- Capitalización de reservas (pago del 5%).
- Reducción de capital (No afecto).
- Documentación de soporte.
- Actas notariales.
13. Superávit por revaluación.
- Simples revaluaciones no afectas a impuestos.
- Las revaluaciones aceptables como deducibles deben pagar el 10% de ISR.
- Las revaluaciones de inmuebles no afectas a ISR.
14. Precios de transferencia.
- Anexo.
- Estudio.
- Contratos.
- Documentación de los comparables.
- Segmentación de los EEFF.
- Información detallada.
15. Gastos del exterior.
- Contratos protocolizados.
- Facturas.
- Retenciones de ISR.
- Pagos (cheques/transferencias).
- Máximo deducibles.
- Comprobar deducibilidad.
16. Donaciones.
- Recibos autorizados.
- Máximos deducibles (Estado, entidades según la Constitución, Otras entidades).
- Actas de entrega.
- Comprobación del registro del beneficiario.
17. Gastos locales.
- Factura FEL (no anulada).
- Retenciones de ISR y de IVA.
- Proveedores No omisos.
- Contratos protocolizados.
- Entregables (informes).
Fuente: Avancemos CPA.
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